domingo, 27 de mayo de 2012

INFORMACION GENERAL PARA TODO EL COLECTIVO DE ESCOLTAS

En vista de la gran cantidad de preguntas que me han hecho sobre que hacer frente al supuesto procedimiento que esta llevando a cabo la Guardia Nacional y Funcionarios Policiales del estado, reteniéndole o quitándole de manera arbitraria a los ciudadanos sus armas de fuego personales aun teniendo su respectivo porte de arma legal, para remitirlas al DAEX, les informo:

La autoridad que lleve a cabo este procedimiento sin que el ciudadano haya incurrido en alguno de lo tres supuestos de retención de armas, establecidos en el artículo 10 de la Ley para el Desarme, sea Guardia Nacional o Policía de cualquier cuerpo de seguridad del estado, esta incurriendo en arbitrariedad en acto de servicio y abuso de poder, ambos tipificados en el codigo penal, supuestos que acarrean su destitución de la institución para la cual presta su servicios.

Por lo tanto el ciudadano de bien que sea víctima de este atropello y arbitrariedad, debe dirigirse de inmediato a la Unidad de Atención a la víctima del Ministerio Publico y denunciar al funcionario o funcionarios que suscriban el acta de retención del arma.

Posteriormente, debe consignar copia de la denuncia hecha ente el Ministerio Publico, en la unidad de disciplina de la Guardia Nacional o de coordinacion policial o unidad de inspectoria de los funcionarios actuantes, y solicitar su destitución. Esta cadena es para las personas q portan arma legal.

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